miércoles, 25 de mayo de 2011

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La sentencia, que responde a un recurso de amparo presentado por la FSP-UGT, efectúa una interpretación muy positiva del derecho a la libertad sindical, que comprende la legitimidad de los sindicatos para acudir ante los tribunales cuando están en juego los intereses económicos y sociales que les son propios. No existe lugar a dudas que un privatización pone en juego intereses de los trabajadores y los ciudadanos que los sindicatos deben defender, mediante la acción sindical y, complementariamente, ante los tribunales de justicia.
Entre los intereses se citan los siguientes:

  • Expectativas profesionales,

  • Condiciones de trabajo,

  • Gestión privada de funciones que deberían estar desempeñadas por empleados públicos, por suponer el ejercicio de potestades públicas.

El Tribunal Constitucional ha esgrimido estos argumentos en su sentencia del 3 de mayo de 2011, y ha declarado nulos aquellos autos y sentencias, tanto del Tribunal Superior de Justicia como del Tribunal Supremo, que desde el año 2003, fecha en la que se inició el litigio, negaban sistemáticamente esta legitimidad sindical para llevar a los tribunales procesos de privatización reañoza por la Comunidad Valenciana. Así, la sentencia obliga al Tribunal superior de Justicia de la Comunidad Valenciana a que dicte Sentencia respetando el derecho de la FSP-UGT a estar personada en el proceso.

 

La sentencia presenta, entre otros los siguientes fundamentos jurídicos:
“...la negativa judicial a reconocerle legitimación a tal efecto priva al sindicato recurrente de un medio de acción que le es propio, que constituye no sólo el presupuesto necesario para el ejercicio de los demás derechos, incluido el de libertad sindical, sino que, además, representa la esencia de la controversia en el presente recurso...”
“...la licitación del contrato administrativo conlleva la sustitución de personal funcionarial por trabajadores carentes de dicha condición, y ello afectaba, en el más amplio sentido, a las condiciones laborales y expectativas profesionales de los funcionarios...”
“...el rechazo a su personación en el recurso se revela desfavorable para la efectividad del derecho a la tutela judicial efectiva, lo que afecta a los intereses legítimos cuya representación y defensa ostenta el sindicato recurrente en amparo (la FSP-UGT).
En opinión de la FSP-UGT se trata de una sentencia muy importante para la acción sindical frente a los procesos de privatización que se pongan en marcha por los distintos gobiernos de turno. En este sentido, sirve de aval para seguir exigiendo cuestiones como la necesaria fijación de criterios que delimiten los sectores cuya actividad debe quedar reservada a las empleadas y empleados públicos, así como los que sirvan de orientación para delimitar la prestación de los que puedan ser externalizados y las condiciones de prestación de estos.

 

http://www.ugt-cat.net/subdominis/hospbadalona/index.php?option=com_content&task=view&id=559&Itemid=1

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